La AEAT ha publicado una nota informativa sobre la modificación introducida en la regla de limitación de la deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades, que entrará en vigor para ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2024. Como novedad más importante, se conecta la magnitud sobre la que se calcula la limitación (30% del EBITDA) con la base imponible del impuesto, de tal forma que no formará parte de dicho EBITDA aquellos ingresos o gastos que no se integren en la base imponible por estar exentos o no ser deducibles, respectivamente.
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